El día 18 de abril se celebra el Día Europeo de los Derechos del Paciente.
Por ello, compartimos hoy algunos avances que se han hecho al respecto y que deberías conocer para que puedas ejercer tu derecho, tal como recoge la legislación actual.
En España, la primera en reconocer los derechos del paciente es la Constitución y la Ley General de Sanidad, que recoge los derechos y deberes del paciente y los principios básicos que aseguran su aplicación de forma general a todos los ciudadanos residentes en España. También, las comunidades autónomas, responsables del sistema público de salud, recogen y rigen estos derechos.
Si recibes asistencia a través del servicio público de salud como si lo haces a través de un servicio privado, debes saber que:
Tienes derecho a la información
Sólo el paciente es el titular de la información y puedes compartirla con personas vinculadas a ella, si así lo deseas. Normalmente, en Inebir, es un derecho compartido por la pareja, pero aunque decidas venir sola, puedes elegir compartir con alguien de tu entorno la información. Pero recuerda: Tú eres la única personal dueña de esta.
Además, tienes derecho a estar completamente informada y a conocer todo lo relativo a tu salud y tu caso, aunque estés hospitalizada.
Y algo importante: La información que recibas debe ser veraz, clara y suficiente y por supuesto, debe comunicársete en los términos adecuados para que te permita tener un conocimiento completo y poder realizar una toma de decisión adecuada.
En algunas ocasiones, se te pedirá que firmes el consentimiento y también que se te ha informado por ejemplo, de tratamientos e intervenciones determinadas.
Tienes derecho a decidir sobre la salud Ante cualquier intervención que vayan a realizarte, debes ser tú quien decida si se procede o no a ello y vas a ser tu, tras recibir la información adecuada, quien firme o reboque este consentimiento, que podrá ser verbal o por escrito en función del tipo de intervención o tratamiento que se vaya a llevar a cabo.
Tienes derecho a la confidencialidad
Tus datos y tu expediente no podrán estar accesibles para otras personas sin previa autorización y además, la divulgación de estos datos está perseguida y penada duramente por la ley.
Además, también tienes derecho a la intimidad en temas relacionados con tu información genética, creencias, filiación, opción sexual, además de cualquier información que pueda suponer una violación de tu intimidad y la de tu entorno familiar. Sólo si la salud pública está en juego o cuando compartir esta información pueda favorecer a la salud del paciente (por ejemplo, en pacientes de cierta edad).
Tienes derecho a acceder a tu historial médico
Por eso, cada centro debe guardar tu historial, al que siempre podrás acceder y solicitar. Todos los centros médicos deben contar con un servicio de atención al paciente al que puedas dirigirte para pedirlo en cualquier momento y que recibirás siguiendo la política que rija al centro en cuestión.
Tienes derecho a reclamar y sugerir
En el propio Centro, que debe facilitar información al respecto a sus pacientes para que puedan ejercer sus derechos o en organismos externos, como el Defensor del Pueblo
Y por supuesto, también tienes deberes:
Los primeros contigo y con tu salud y los siguientes, con el respeto al Centro y a los otros pacientes, así como al personal médico y sanitario que te atienda.
Normalmente, los centros tienen publicadas unas guías donde se especifican concretamente los derechos y obligaciones de los usuarios.
En Inebir, las pacientes son lo primero y nuestro proyecto, ya lo sabes, tiene sentido si está orientado al 100% a tu caso y a tu realidad. Por ello, seremos siempre muy rigurosos con tus derechos y nos gusta que los conozcas para que los puedas ejercer y en nuestra web encontrarás un espacio donde estos quedan recogidos, ¿quieres conocerlos?